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29 agosto, 2015

Factura electrónica: el "paso a paso" para emitir online los comprobantes que exige el régimen

25-06-2015 Estos comprobantes son obligatorios para todas las operaciones que se realicen en el mercado interno, siempre que las mismas no se encuentren alcanzadas por el sistema de controladores fiscales. Existen tres modalidades para llevar a cabo esta operatoria. Todo lo que hay que saber:



De ahora en más, todos los contribuyentes inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) tienen que emitir de forma obligatoria la facturación de manera electrónica para documentar sus ventas o prestaciones de servicios.
A tal fin, existen tres modalidades diferentes para hacerlo. Entre ellas se encuentra la posibilidad de confeccionar los comprobantes electrónicos utilizando la funcionalidad que habilita la propia Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de su página deInternet.
Este método -que se denomina "Comprobantes en Línea". 

No resulta tan sencillo como parece, aunque es el más elegido entre todos los pequeños contribuyentes que emitan un número razonable de comprobantes mensuales y que no puedan asumir el costo que representa adquirir un software de facturación.
Expertos explicaron el paso a paso a seguir a fin de poder hacerlo a través de la web de la entidad.
En primer término, para utilizar el servicio de "Comprobantes en Línea" es necesarioingresar con clave fiscal y tener dicho servicio habilitado. 

La misma se realiza a través del “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”.
Con posterioridad a la adhesión, el otro paso es validar un punto de venta que será distinto y específico a los que el contribuyente tenía habilitados para la facturación impresa.
Este paso se realiza desde el servicio "Administración de puntos de venta y domicilios”. En caso de ser necesario, se puede habilitar más de uno, aclaran desde desde el blog Contadores en Interacción.
Emisión online de la factura electrónica
El primer paso para comenzar con la emisión online consiste en ingresar con clave fiscal al servicio "Comprobantes en línea".
Fuente: Contadores en Interacción
Luego, se mostrará en pantalla los contribuyentes asociados con la CUIT ingresada. 

En caso de existir varios se deberá seleccionar el contribuyente por el cual se emitirá el particular o empresa electrónico.
Después se debe oprimir la opción  "Generar comprobantes".

Fuente: Contadores en Interacción
Si el interesado omitió dar de alta el punto de venta, también puede hacerlo ingresando a"ABM Puntos de Ventas" (flecha azul).
A continuación, se debe seleccionar aquel del cual se emitirá la factura electrónica, siempre que se cuente con más de uno.
Fuente: Contadores en Interacción
Luego se deben completar los datos de emisión del comprobante y presionar “continuar”. 
Fuente: Contadores en Interacción
Se pueden emitir comprobantes postdatados con hasta 5 días en el caso de venta de bienesy de hasta 10 días si se trata de prestación de servicios.
Obviamente, una vez emitido el mismo en una fecha determinada no podrá emitirse otro conuna anterior.
Acto seguido, el contribuyente debe completar los datos del receptor. 

Con sólo ingresar la CUIT, el sistema mostrará todos los datos fiscales de quién recibirádicho comprobante. 

Luego, se debe seleccionar la condición de venta.

Fuente: Contadores en Interacción
Luego se debe cumplir con lo siguiente:

- Detallar el concepto facturado.

- Seleccionar la unidad de medida que corresponde

- Ingresar el importe que corresponde al concepto facturado.

Fuente: Contadores en Interacción
En caso de querer ingresar otro concepto de facturación se debe presionar "Agregar línea descripción".
Una vez cumplimentado estos pasos, se previsualizarán todos los datos del comprobante a emitir. 
En caso de necesitar modificar alguno de ellos, se debe presionar "volver" hasta llegar a la pantalla a modificar.
En cambio, si están todo correcto, el contribuyente deberá presionar "Confirmar Datos".
Al instante, el sistema mostrara un cartel en que le informará que se está por emitir un nuevo comprobante.  
Le solicitará al interesado que confirme la operación.
Luego de aceptada la misma, indicará que la factura ha sido generada y dará la opción de imprimirla, produciendo un archivo en pdf que contendrá las tres copias en formato electrónico.
Fuente: iProfesinal 

05 mayo, 2014

Resolución General N° 2758

"Se informa a los Sres. Despachantes y Exportadores que se ha habilitado el correo electrónico "Factuexpodga" factuexpodga@afip.gob.ar a efectos de canalizar las consultas referidas a vinculación factura-permiso de embarque, cierres de factura previa y de permisos, bloqueos MOFA y CIPE.

Para consultas específicas de Factura Electrónica de Exportación continua habilitado y vigente el correo facturaelectronica@afip.gob.ar"

Fuente: http://www.afip.gob.ar/fe

29 abril, 2014

IVA inscriptos: en mayo corre la factura electrónica para cobrar alquileres

 IVA inscriptos: en mayo corre la factura electrónica para cobrar alquileres
IVA inscriptos: en mayo corre la factura electrónica para cobrar alquileres
La AFIP viene ampliando el uso de la factura electrónica y el 1º de mayo les toca el turno a los alquileres que cobran aquellos contribuyentes que sean IVA inscriptos, con independencia de los montos facturados.
En concreto, la obligación alcanza a servicio de alquiler y explotación de inmuebles para fiestas; inmuebles urbanos; inmuebles rurales propios o arrendados; servicios prestados por inmobiliarias y servicios de intermediación, administradores y martilleros.
El hecho de que sea para IVA inscriptos implica que emitirán factura electrónica quienes alquilen inmuebles urbanos destinados a oficinas, locales y otros destinos por valores mensuales superiores a $ 1.500 –gravados con el impuesto–, pero también quienes lo hagan con casas habitaciones si el sujeto titular del inmueble es responsable inscripto, indicó Santiago Sáenz Valiente, del estudio del mismo nombre.
Los monotributistas no deben pasar a IVA inscriptos por alquileres si no superan los tres inmuebles ni los $ 600.000 mensuales de facturación, pero de todos modos desde el 1º de mayo de 2011 deben emitir factura electrónica a partir de la categoría “H”, o sea desde $ 240.000 de facturación y cualquiera sea la actividad.
Un problema surgió respecto de los comprobantes que emiten por cuenta y orden de terceros las inmobiliarias en la administración de alquileres, explicó Nanci Eterovich, del estudio Casiello, de Rosario.
El Cronista consultó a la AFIP y pudo averiguar que, cuando el inquilino venga a la inmobiliaria todos los meses a pagar el alquiler, habrá dos posibles modalidades: el propietario emite la factura electrónica, cuando corresponda, y la inmobiliaria un recibo por el dinero que le entrega el inquilino, o la inmobiliaria emite la factura electrónica y rinde el cobro en un “líquido producto” para el propietario, que también tiene que tener el IVA con las mismas condiciones que antes, de manera que el impuesto calce.
Roberto Arévalo, presidente de la Cámara Inmobiliaria Argentina comentó en un principio que “los honorarios los tenemos claro, pero cuando se trata de firmar y entregar un recibo de alquiler, tenemos una duda”.
Néstor Walenten, secretario de Colegio Unico de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires, por su parte, dijo que sus asesores estaban estudiando el tema y, en otro orden, comentó que la entidad está organizando cursos de capacitación para los matriculados.
En lo operativo, el contribuyente debe empadronarse en el RECE (Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos) a través de la página de Internet de la AFIP, indicó Federico Constantino, de Auren.
Y deberá emitir comprobantes electrónicos para respaldar todas las operaciones realizadas en el mercado interno, explicó Leda Guerfell de Grenalfe, de KPMG, y enumeró que los comprobantes alcanzados por la obligación son:
*Facturas clase A.
*Notas de crédito y notas de débito clase A.
*Facturas clase B.
*Notas de crédito y notas de débito clase B.
Los sujetos obligados a utilizar comprobantes electrónicos por este régimen, no deben cumplir con las disposiciones referidas a la emisión y al almacenamiento de duplicados electrónicos de comprobantes, dijo Guerfell de Grenalfe.

Esto es muy importante junto a la no obligación de la registración electrónica, porque son elementos muy complejos técnicamente que acompañan en otros casos a la factura electrónica, explicó Sáenz Valiente.

Hay tres maneras de emitir la factura electrónica: mediante un sistema on line que brinda AFIP, contratando un software o mediante un aplicativo, indicó Laura Montero, del estudio Mola & Asoc.
Cuando son pocas facturas se puede optar por el sistema on line, pero si es una empresa que tiene que hacer balance, esto implica una doble carga. Lo mismo ocurre con el aplicativo, que se hace por lote y que es muy poco usado, añadió Montero.
Como se deja sin efecto el límite de 2.400 comprobantes anuales para la variante on line, ésta puede utilizarse sin restricción alguna, dijo Constantino.
Al quedar incluido en el régimen de facturación electrónica, el sujeto deberá emitir los comprobantes por todas sus operaciones mediante este sistema, excepto operaciones obligadas al uso de controlador fiscal. Por ejemplo, comerciantes, industriales o productores responsables inscriptos que sean locadores de inmuebles, expresó Eterovich.
Sobre las implicancia para la actividad agropecuaria, Sáenz Valiente agregó que si se tratara de un contrato asociativo donde se reparten los frutos entre los suscritores, no sería obligatoria ni antes ni ahora emitir factura alguna. Simplemente las partes firman una liquidación del producido del negocio, que es distribuido a cada uno con el detalle de su determinación.

También dijo que tendrán que empezar a facturar muchos productores que creían hasta ahora que con la firma del contrato bastaba para cumplir con sus deberes con la AFIP.
Fuente: "El Cronista"
http://www.cronista.com/economiapolitica/IVA-inscriptos-en-mayo-corre-la-factura-electronica-para-cobrar-alquileres-20140428-0048.html

25 abril, 2014

Afip amplía el régimen de facturación electrónica

Empresas prestadoras de servicios públicos.
Sector de la construcción, servicios inmobiliarios, empresariales, de alquiler y de grandes contribuyentes individuales.

La emisión de factura electrónica será obligatoria a partir del 1° de abril de 2014, pudiendo las empresas emitirlas optativamente a partir del 1° de marzo de 2014.


Para el sector de la construcción, se sumarán a la Factura Electrónica 66.323 contribuyentes. De esta manera, 135.931 contribuyentes del sector estarán obligados a emitir comprobantes electrónicos. Esto permitirá duplicar la incidencia del sector sobre el IVA “registrado electrónicamente”, pasando del 1,93% a 3,86%.
En el caso de los servicios inmobiliarios y empresariales de alquiler, se suman 163.959 contribuyentes a los 180.637 que hay en la actualidad. El resultado es que 344.596 contribuyentes del sector emitirán factura electrónicamente, y la influencia del sector sobre el IVA “registrado electrónicamente” aumenta del 4,71% al 7,53%.

Más info: 

21 febrero, 2011

Factura Electronica Afip Proveedores del Estado

Ricardo Echegaray, titular de la Administrador Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la inauguración de las Jornadas Nacionales sobre Factura Electrónica, además de destacar la evolución que viene teniendo el sistema desde el año 2008 y que “agiliza y transparenta” las operaciones comerciales y el cumplimiento fiscal, anunció que serán incorporados los proveedores que contraten con el Estado por un valor igual o superior a $ 50 mil y que requieran certificado fiscal por dicho operación y los portales que ofrecen productos por Internet.

El titular de la AFIP realizó el anunció de que el sistema de la factura electrónica a partir del mes de junio de 2010 los deberán aplicar los proveedores del Estado Nacional con facturación superior a los $50 mil y que requieran certificado fiscal por la operación realizada y además abarcará a los portales que ofrecen productos por Internet, estos también serán, agentes de percepción sobre el Impuesto al Valor Agregado, IVA, por las operaciones realizadas por la Web.

Echegaray, en ese sentido expresó que el primer paso para la incorporación de nuevos sectores, ya tiene la obligación, como por ejemplo los exportadores e importadores, que deberán incorporarse desde el día 1º de mayo cuando se obligue a los “titulares de los portales de Internet a ser agentes de percepción del IVA”.

El siguiente mes

“desde el 1 de junio, desde el área informática de la AFIP vamos a poder instrumentar un mecanismo donde los portales de Internet que ofrecen productos tengan que emitir facturas electrónicas”.
“a partir del 1 de junio, se van a sumar también todos aquellos contribuyentes denominados proveedores del estado nacional, es decir los que requieren en la AFIP el certificado fiscal para contratar con el Estado”, que contraten por más de $ 50 mil.
“Estamos hablando del orden de los 21.500 números de Clave Única de Identificación Tributaria, CUIT, que son contribuyentes que están dentro de la órbita de fiscalización de la AFIP, que regularmente para realizar contrataciones con el Estado requieren el certificado fiscal”.
“para obtener ese certificado fiscal van a tener que haber incorporado el sistema de factura electrónica a sus procesos de comercialización”.
los proveedores del Estado “el año pasado llegaron a facturar unos $ 700 mil millones, lo que equivale al 35% del total de la facturación de los contribuyentes que figuran como responsables inscriptos”.
“la factura electrónica es un producto que se va a ir consolidando con el tiempo” y que lo que la AFIP busca con la utilización de esta metodología es “por sobre todas las cosas poner firme el pilar de la transparencia comercial y fiscal”.
en relación a los sectores que se pretenden que queden comprendidos en el sistema, destacó que: “lo que buscamos es incorporar a todos en un proceso gradual, pero firme y sostenido”, porque “hay una firma decisión de la AFIP de dar un paso importante” en la generalización de su uso.
Que el fisco Nacional ha “fortalecido mucho el sistema y estamos con toda la capacidad de recibir las declaraciones juradas y los pagos a través de nuestro sistema”.
“en 2008 el procesamiento de facturas electrónica era de unas 100 mil mensuales”, pero “en 2009 se procesaron, durante todo el año, más de 15 millones”.

www.econoblog.com.ar

En marzo 2011 los Monotributistas


La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, en muy pocos días informará algo que ya es decisión tomada, a partir de marzo de 2011, los Monotributistas deberán usar facturas electrónicas, en la primera etapa solamente alcanzara a los profesionales que facturen entre $12.000.- y $16.667.- al mes. Todavía falta aplicar unos retoques pero ya fue confirmado en el próximo mes de marzo, los pequeños contribuyentes ingresaran al régimen digital.

Actualmente solamente utilizan las facturas electrónicas a los que superan los $50.000.- al mes, peor en marzo de 2011 alcanzara a los que se encuentran categorizados en las más altas escalas. Pero la AFIP apunta a incorporar al régimen a todos los monotributistas comprendidos bajo las nuevas categorías que resultan aplicables desde el 1º de enero de 2010.

Horacio Curien, subdirector general de Fiscalización de la AFIP, precisó que, si bien aún resta pulir los detalles finales de lo que será la nueva resolución general, está confirmado que “la factura electrónica llegará en marzo próximo a los contribuyentes que se encuentren en las categorías más altas del Régimen Simplificado”.

www.econoblog.com.ar

08 enero, 2011

Seminario: Introduccion a Factura Electronica en Argentina

Estamos armando un seminario de Factura Electrónica donde podamos explicarle a todo el mundo que es lo que necesita saber para poder facturar electrónicamente como así tambien los pasos y requisitos que se deben tener en cuenta para optar por esta modalidad de facturación.

A todos los que esten interesados en participar y/o asistir, les dejo el mail de contacto para que podamos llevarlo a cabo de la mejor manera donde nos sirva a todos, ayuda@mifacturadigital.com.ar

30 noviembre, 2010

Avanza la factura "online" para los servicios públicos

El Ente Provincial de Energía del Neuquén (EPEN) puso en marcha el sistema de factura digital. Esto permitirá a los usuarios del servicio de las casi 70 localidades y parajes del interior de la provincia, obtener la boleta con el detalle de sus consumos de forma simple y segura sin necesidad de esperar que llegue a su casa. La iniciativa se encuadra en la política ambiental y de compromiso con el medio ambiente que lleva adelante el organismo. Al favorecer su emisión digital y discontinuar el uso de la factura en papel, los clientes contarán con la recepción directa y rápida de la factura y, al mismo tiempo, elegir libremente el modo de pago.

En cuanto a esta última alternativa, desde el organismo se informó que los usuarios podrán elegir el modo de pago -luego de imprimir factura- acercándose a cualquiera de las bocas de cobro habilitadas o, simplemente, guardando el archivo electrónico en su computadora y abonando la misma mediante los servicios electrónicos disponibles, como Pagos Link o Transferencia Electrónica vía CBU.

Como parte del proceso de mejora continua del EPEN, se espera contribuir con el planeta en la menor cantidad de papel impreso emitido y brindar una solución eficiente a los inconvenientes -como rupturas y extravíos- que puede presentar el reparto de las facturas, a lo largo y ancho de nuestro territorio provincial.

Por Noticiasonline.org

Cinco años con la factura electrónica, por Noelia Tellez Tejada

La adopción de la factura digital avanza en la Argentina. Desde su primera legislación en 2005, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suma sectores que deben ajustarse a esta normativa. En diciembre, incorporó a los exportadores y abrió un esquema de adhesión escalonado según rubro y porte. La expectativa es que, en su afán por optimizar su función fiscalizadora y controladora de los gravámenes a su cargo, la AFIP continúe su avance también sobre otros segmentos.

El mercado ofrece productos y soluciones de cara a esta necesidad. En este sentido, la modalidad del software como servicio (SaaS, por sus siglas en inglés) es estrella. Paralelamente, la industria reaclama avances en materia de firma digital para agregar seguridad a los documentos, nuevos proyectos se desarrollan en la región y parecen señalar el camino que seguirá la Argentina.

Definiciones.
En su sitio de Internet, la AFIP define factura digital como: “La representación electrónica de un comprobante original, respaldatorio de las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y obras y las señas o anticipos que congelen el precio”. Asimismo, señala que los comprobantes alcanzados por el régimen son las facturas o documentos equivalentes clase ‘A’ y ‘B’y las notas de crédito y de débito ‘A’ y ‘B’. La validez de los archivos está dada por el Código de Autorización Electrónico (C.A.E.) otorgado en línea.

Junto a la emisión de las facturas, la AFIP genera el C.A.E. que es plasmado en el documento comercial. Dicha validación elimina la obligatoriedad de imprimir las facturas de cara a la presentación ante la AFIP. Sin embargo, la entidad no estableció modos de hacer en la relación comercial entre privados (proveedor-cliente). Ante esta falta y siguiendo la tradición analógica, muchas compañías continúan imprimiendo sus documentos.

Legislaciones.
Un rápido recorrido por las regulaciones vinculadas a la factura electrónica en la Argentina deja en claro un camino que no será desandado. Cada regulación incorporó un segmento y ajustó los modos de hacer y de entender la digitalización de las operaciones. El ejercicio comenzó a visibilizarse en 2005 de la mano de la reglamentación Nº 1956 que establecía la emisión y el almacenamiento electrónico de comprobantes originales, aunque se trataba de un esquema voluntario.

Un año después, la AFIP había establecido un sistema especial para la emisión y el storage electrónico de comprobantes. Además, incorporó la obligatoriedad gradual, que se efectivizó en 2007, e incluyó a los proveedores de Internet, TV por cable y las empresas de salud. Le siguieron los operadores de telefonía móvil. El tercer llamado alcanzó a las compañías prestadoras de servicios de limpieza, de seguridad y de transporte de caudales.

En 2008, la regulación Nº 2485 sumó a las compañías desarrolladoras de software, compañías de publicidad y propaganda, concesionarias de peajes y profesiones (abogados, contadores, ingenieros, entre otros). A ellas les siguieron los fabricantes de bienes de capital bajo incentivo.

Por su parte, en 2009, la AFIP agregó la obligatoriedad a las compañías de seguros de caución y a las exportadoras. Sin embargo, a éste última se la dividió según rubros y portes de las compañías. El último llamado espera la adhesión para marzo. Según lo previsto, será para aquellos exportadores de gran porte y de los segmentos definidos como Aduana Domiciliaria y Factoría, al tiempo que harán lo propio el 1 de mayo el resto de los exportadores. Desde el mercado esperan que los próximos candidatos a incorporarse serían: importadores, actividades hoteleras, agencias de viaje y monotributistas de gran porte.

Motores
La incorporación paulatina de esta modalidad de fiscalización en línea generó un escalonado nivel de adhesión. Sin embargo, su penetración es aún incipiente. “En Chile, el 33% de las facturas son electrónicas, mientras que en la Argentina no llegamos al 5%”. Por su parte, Andrés Etchenique Ferraris, director General de Signature South Consulting en el país, agrega: “A las compañías de Chile les sirve porque simplifica la burocracia. La diferencia entre ambos países es cultural y no tecnológica”.

La aceptación parece estar signada por su origen y Enzo Puma, gerente de Marketing de Sistemas Bejerman, busca explicarlo: “La factura digital aún no tienta al mercado privado porque fue introducida como un método de fiscalización online y eso genera reticencias. De este modo, sólo la incorporan quienes están alcanzados por la normativa”.

Mientras, Castro, de Edicom, adelanta: “En la Argentina, falta visión y que las empresas más grandes den el salto. Son ellas quienes imponen nuevos modos de hacer. La tecnología está y el cambio podrá verse en cinco años”. Y recuerda: “Cinco años atrás, nadie aceptaba las modalidades de software como servicio y hoy es la más requerida”.

Proyecciones
El avance de la AFIP y una serie de proyectos en danza parecen marcar un andar que, para Castro, tiene un solo sentido: “Es un camino de ida”. Ese marchar anticipa, además, la incorporación de normas internacionales financieras, como el XBRL. “En Chile, por ejemplo, se trabaja de cara a hacer realidad la contabilidad electrónica por la cual todos los libros contables se digitalizan, se vuelven trazables”, señala Etchenique Ferraris, de Signature.

En la Argentina, un proyecto similar circuló bajo el nombre de “Central de Balances”. Por el mismo, se crearía un depositario único de balances bajo el formato de XBRL. Pero aunque el dato circula en el mercado, no fue confirmado por ninguna entidad de Gobierno.

Mientras, todos los actores vinculados a la factura electrónica reclaman esclarecimientos vinculados a la firma digital. “La Argentina está lejos conceptualmente del caso chileno porque primero debería aprobar la firma digital, que cuenta con media sanción del Congreso, e incorporarla al régimen fiscal para que la factura electrónica gane en seguridad. De ahí a tener la contabilidad en línea es un paso”, remata Etchenique Ferraris, de Signature.

23 de Marzo de 2010 - 10:35 | Actualidad | Mercado

26 junio, 2010

Factura Electrónica: Uso Obligatorio para Quienes Comercialicen a Través de Internet a partir del 1° de Agosto del 2010

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinó que desde el 1º de agosto, la factura electrónica será de uso obligatorio para quienes comercialicen bienes o servicios a través de Internet.


La medida fue anunciada por el titular del organismo, Ricardo Echegaray, quien adelantó que los proveedores que quieran ser contratistas del Estado deberán contar con un certificado fiscal que sólo se otorgará a quienes estén adheridos al régimen de factura electrónica y no tengan incumplimientos tributarios durante los últimos cinco años.


La Resolución 2852, que establecerá la obligatoriedad de estar adherido a la factura electrónica para poder contratar con el Estado, será publicada en los próximo días en el Boletín Oficial, teniendo por finalidad dicha medida, que la totalidad de la actividad económica se encuentre registrada a través de la factura electrónica, o bien por medio de los controladores fiscales.


A partir del 1º de julio, comenzará la ampliación de los sectores que se encuentran alcanzados por la factura electrónica, incluyendo a los exportadores, mientras que en agosto involucrará a los laboratorios y tabacaleras, mientras que en septiembre alcanzará a la industria de los artículos de higiene y calor.


De acuerdo a lo manifestado por Echegaray en el día de ayer durante una disertación en un seminario organizado por Prensa Económica en la sede de la Cámara Argentina de Comercio (CAC), otro objetivo que tienen planteado para el 2011 consiste en el envío por vía electrónica de todas las retenciones correspondientes a Ganancias, IVA y Seguridad Social.

02 mayo, 2010

La AFIP prorroga el uso de la factura electrónica en el comercio exterior

Los titulares de depósitos fiscales deberán utilizar desde mayo el comprobante web de manera obligatoria. En julio, alcanzará al resto de los operadores.

El esquema escalonado, que culminará en julio próximo, apunta a agilizar las operaciones y potenciar la fiscalización. Puntualmente, a través de la resolución general 2772, el fisco nacional estableció que a partir de mayo el comprobante virtual sea de uso obligatorio para los titulares de depósitos fiscales.

El cerco se cierra en julio, cuando el resto de los exportadores serán obligados a utilizar el régimen de facturación electrónica. Para acceder al texto completo de la norma que establece los pasos a seguir por los operadores haga click aquí.

Factura electrónica: la AFIP determinó las 10 profesiones a las que alcanzará el régimen

Finalmente, el fisco oficializó la puesta en marcha de una nueva etapa en la generalización del comprobante virtual. La reciente resolución presenta en sociedad al facturador online. También acota el alcance a ciertas actividades. Sepa si usted se encuentra en la mira del fisco.
La obligatoriedad de emitir electrónicamente las facturas alcanza sólo a 10 profesiones, en la medida que facturen más de $300.000 al año, como abogados, contadores, escribanos, arquitectos, licenciados en sistemas, en administración, entre otros, pero siempre y cuando su facturación anual sea superior a los 300.000 pesos.

Facturas E - WSFEX

Toda implementacion nueva logicamente trae requerimientos nuevos, tanto para un consumidor de web services como así también para los proveedores, es decir para quienes los crean. En esta nueva implementación nuevamente como en los comienzos tuvimos que aplicar el sentido común para llegar al objetivo (consumir los ws de factura electronica para exportación), esto fue debido a que lamentablemente muchas veces no está disponible el 100% de la documentación. Ante todo debo agradecer la asistencia de Gerardo F. por estar y responder siempre, y principalemente a Vero que fue la que aplicó en el sentido cómún en esta oportunidad (lo hace siempre, y por eso soy siempre tan agradecido con ella porque es la materia gris de los ultimos desarrollos).
A lo importante, al momento meter codigo a este ws nuevo tengamos en cuenta los loginticketrequest porque son ellos junto a los certificados con quienes accedemos y en nuestro caso tuvimos que generar un esquema en paralelo de logintickets para que no se genere conflicto con los de wsfe.
Tema muy importante, las validaciones, ojo con esto porque hay muchas que son variables y hay que prestar atención al manejo de estas cosas.

17 diciembre, 2008

En la actualidad son mas de 10, en el 2010 cuantos serán?

La fuente de inspiración del presente comentario ha surgido luego de ver notas, comentarios, blogs desde España, Chile, Mexico y Brazil hasta lo que son documentos electrónicos en la actualidad para el mercado Norteamericano.
El punto es que todas las conclusiones nos llevan a que solo el 10% aprox. de las empresas que comenzaron ofreciendo este tipo de servicios han permanecido en el mediano y largo plazo de su actividad, para lo cual que paso con el 90% restante? En muchos de los casos podemos ver que han utilizado como principal fuente de ingreso la comercialización de estos servicios, pero lo importante es entender que es un producto que todavía se encuentra en la etapa de gestación, si bien muchos van a criticar este comentario, pero no estoy mirandolo desde el punto de vista de la oferta sino por el contrario, hay que mirarlo desde la demanda ya que no todos o digamos la mayoría por no decir el 95% de la gente, conoce que es una factura electrónica? Creo que muchos venderían mas si capacitamos mejor, creo desde mi punto de vista que si mostramos el potencial de las facturas electronicas, las ventas seran una simple y bienvenida consecuencia.

04 noviembre, 2008

Bienvenida prorroga...

Para suerte de muchos aparecio la prórroga...

Claudio Moroni, anunció la prórroga, solicitada por la FACPCE y todos los Consejos del país, de la entrada en vigencia del régimen de factura electrónica -RG 2485/08- para el 1º de enero de 2009.

Demos interactivas...

Aprovechando la gentileza de Afip he aqui algunos links interesantes para más de uno...

Visualizar Demo Interactiva del proceso de empadronamiento de RECE

Visualizar Demo Interactiva del proceso de empadronamiento de RCEL

Visualizar Demo Interactiva del Facturador en Línea

05 octubre, 2008

Exclusion del regimen.

Los contribuyentes que dejen de cumplir las condiciones de obligatoriedad, podran solicitar la exclusion mediante la presentacion de una multinota (F.206/M) en la cual se explicitaran las causas de tal solicitud. AFIP podra excluir del regimen a los responsables cuando se detecten incumplimientos en las obligaciones a cargo de los mismos.

Inconsistencias

Ante todo la palabra incosistencia es simplemente cuando hay algun problema o algo que no nos permita continuar o empezar a utilizar los servicios de AFIP. Ahora bien entendido esto AFIP estipula: Cuando en la solicitud de adhesion efectuada se detectaren inconsistencias, el sistema comunicara automaticamente las mismas al responsable. En dicho caso, se suspendera el tramite y el contribuyente dispondra de un plazo de 10 días hábiles administrativos para subsanarlas y concurrir a la dependencia AFIP en la que se encuentre inscripto a efectos de comunicar (mediante la presentacion de una multinota) el cumplimiento de tal deber, o bien aportar la informacion o documentacion pertinente, tendiente a subsanar tales inconsistencias y gestionar la reactivacion del tramite suspendido.

Permanencia en el regimen.

La permanencia de los contribuyentes adheridos voluntariamente a este regimen tendra una vigencia minima de 1 año contado a partir de la fecha de publicacion de la aceptacion de adhesion en la pagina web, la que sera renovada en forma automática a su vencimiento. Dicha permanencia estara sujeta al cumplimiento de los requisitos establecidos para cada sujeto.

Fechas a tener en cuenta.

1 de abril de 2007 - Empresas que presten servicios de: Planes de salud con abono de cuota mensual; Transmisión de televisión por cable y/o vía satelital; Acceso a Internet con abono mensual.
1 de julio de 2007 - Empresas que prestan servicios de telefonía móvil
1 de octubre de 2007 - Empresas que prestan servicios de: Transporte de caudales y/u otros objetos de valor; Seguridad (se encuentran incluidos los servicios de instalación de alarmas, monitoreo, vigilancia; etc.); Limpieza (excluidos los servicios de limpieza efectuados exclusivamente sobre cosas muebles).
1 de octubre de 2008 - Responsables que desarrollen las siguientes actividades: * Prestación de servicios de publicidad y conexos. Servicios de construccion, mejoras, reparacion, conservacion, ampliacion, remodelacion, mantenimiento, administracion y explotacion de obras de infraestructura del transporte, cuya facturacion se realice mediante cuentas corrientes y/o por servicio de telepeaje, prestados en el ambito de la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Servicios de informatica y desarrolladores de software. Servicios profesionales (montos de operaciones iguales o mayores a 600.000 anuales).
Los contribuyentes que desarrollen las siguientes actividades: Servicios de restaurante con atención al publico. Servicios de expendio de comidas (pizzerias, heladerias, “fast food”, etc.)Servicios de preparacion y venta de comidas al publico. Servicios profesionales (con montos de operaciones mayores a 300.000 y menores a 600.000 anuales).