05 octubre, 2008

Exclusion del regimen.

Los contribuyentes que dejen de cumplir las condiciones de obligatoriedad, podran solicitar la exclusion mediante la presentacion de una multinota (F.206/M) en la cual se explicitaran las causas de tal solicitud. AFIP podra excluir del regimen a los responsables cuando se detecten incumplimientos en las obligaciones a cargo de los mismos.

1 comentario:

Unknown dijo...

La exclusion, operara a partir del primer dia del segundo mes inmediato siguiente al de notificacion, la que sera publicada en la página “web” de AFIP (www.afip.gov.ar).